18 mayo, 2024

INTT estableció multas para carros modificados con luces led

INTT estableció multas para carros modificados con luces led


El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) comenzó con un gran operativo a nivel nacional para retirar de los vehículos las barras de luces LED o halógenas, así como cocteleras o sirenas de cuerpos policiales en carros particulares.

La norma cobró fuerza debido a que en los últimos años han proliferado estos elementos en los autos.

La Ley de Transporte Terrestre destaca que el uso de luces led o halógenas está prohibido en el territorio nacional, ya que pueden provocar accidentes porque estas restan la visibilidad a los conductores que circulan en sentido contrario.

Las autoridades impondrán una multa de hasta 10 unidades tributarias (UT) y los funcionarios de seguridad y del INTT tienen permiso para decomisar faros externos, regletas y tiras de luces LED de todo tipo de vehículo que no esté en el reglamento.

El ciudadanos infractor deberá pagar 90 bolívares o 2,48 dólares, de acuerdo con la tasa fijada (Bs. 36,2) por el Banco Central de Venezuela (BCV) para la fecha.

Mientras que los autos que cuentan con luces LED incorporadas desde su fabricación no deben ser quitadas, ni mucho menos recibirán una multa, ya que estos tienen los parámetros de ingeniería correspondientes, sino de las barras y faros externos, las cuales son consideradas accesorios.

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Multas por accesorios

El artículo 169, numeral 21, de la Ley de Transporte Terrestre estipula que las personas no pueden modificar las estructuras de sus automotores sin autorización.

Solo el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) está en la disposición de autorizar ciertas modificaciones como el color del auto, debido a que esto va en la documentación de dicho bien material.

Asimismo, la ley detalla en su artículo 170, que las placas identificadoras no podrán estar ocultas, ni colocárseles objetos que impidan su visibilidad, es decir, los anti espías que ahora se están viendo en los carros. Tampoco los carros particulares podrán portar sirenas y cocteleras de cuerpos de seguridad o emergencia.

Según la norma, las personas que incumplan cada una de estos apartados tendrán una multa de 5 UT, equivalentes a 45 bolívares o 1,25 dólares al cambio oficial.

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Por noticiasaldiayalahora.co

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